4.8.09



PREGUNTAS FRECUENTES

1.- ¿Qué es el Nuevo Bono de Apoyo a la Familia?

Es una medida dispuesta por el Gobierno de Chile para ayudar a las familias de ingresos medios y bajos durante el invierno. Consiste en la entrega de un bono de $40.000, durante el mes de Agosto de este año, por cada carga familiar.
¿A quiénes se pagará el Nuevo Bono de Apoyo a la Familia?
A quienes al 30 de abril de 2009 tenían derecho a Asignación Familiar o Maternal; y cuyo ingreso bruto promedio fue menor o igual a $ 441.274 en el primer semestre de 2008.
A quienes al 30 de abril de 2009 recibían Subsidio Familiar o pertenecían a Chile Solidario.
A las personas que no están en los grupos anteriores y tuvieron derecho a recibir el Bono concedido en marzo.

2.- ¿Cómo puedo saber si tengo derecho al Bono?

- Consulta en el sitio www.bonofamilia.cl
- Llama a la línea gratuita 800 55 0200
- Consulta con tu empleador
- Si cobras Subsidio Familiar consulta en tu Municipio.

3.- ¿Cuándo y dónde se pagará el Bono?

Se pagará a partir de agosto de este año.
- Los pensionados IPS (ex INP), Subsidio Familiar y Chile Solidario recibirán su bono en la fecha y lugar habitual donde cobran su beneficio.
- Los trabajadores dependientes del sector público recibirán su Bono incluido en sus remuneraciones.
- A los clientes BancoEstado se les depositará el Bono en su cuenta RUT, chequera electrónica, cuenta corriente o cuenta de ahorro, según corresponda.
- Los trabajadores que cobran Asignación Maternal o Familiar, incluidos los trabajadores municipales, pueden cobrar su Bono en las sucursales de ServiEstado o BancoEstado, de acuerdo al calendario de pago.
- Los pensionados de AFP, compañías de seguro y mutuales, Capredena y Dipreca que reciben Asignación Maternal o Familiar, pueden cobrar su Bono en las sucursales de ServiEstado o BancoEstado, de acuerdo al calendario de pago.

4.- ¿Cómo lo hago si me corresponde cobrar en BancoEstado y no me depositarán el Bono?

Verifico mi fecha de pago en el calendario de pago y acudo, desde ese día, con mi cédula de identidad a un Serviestado o Banco Estado.
(IMPORTANTE: El día de pago sólo necesita presentar su Cédula de Identidad Vigente).

5.- ¿Qué plazo tengo para cobrar el bono?

Tiene un plazo de 6 meses para cobrar el Bono, a contar de la fecha en que le corresponde el pago. Por lo tanto, si por diversas razones no puede ir de inmediato a cobrar, tendrá bastante tiempo para hacerlo posteriormente.

6.- Si no aparezco en la lista y creo tener derecho, ¿a quién le consulto?

- Los trabajadores dependientes deben consultar ante el empleador que les reconoce las cargas familiares;
- Los pensionados deben realizar sus consultas ante el organismo que les paga, en este caso podría ser una AFP, compañías de seguro, IPS, mutualidades, ISL, Capredena y Dipreca;
- Los cesantes deben concurrir ante quien le paga el seguro de desempleo como las administradoras de fondos de Cesantía AFC, o el subsidio de cesantía que lo paga el IPS o las Cajas de Compensación.

7.- Si soy empleador, ¿qué debo hacer en relación a este Bono?

El empleador debe informar a sus trabajadores sobre la existencia de este Bono, y brindar las facilidades para que el trabajador pueda ir a cobrar el Bono en las fechas establecidas.

8.- ¿Qué pasa si me han pagado más cargas de las que me corresponden?

Es un deber devolver el pago indebido. Para ello deberá reintegrar los dineros mal percibidos concurriendo al IPS (ex INP) más cercano a su domicilio a fin de realizar el reintegro. Existe un formulario de reintegro, el cual solo puede ser impreso y llenado manualmente, a fin de presentarlo en el Centro de Atención del IPS.
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INFÓRMATE Y CONSULTA: www.bonofamilia.cl
Línea gratuita 800 55 0200

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